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Lunes, 2 de noviembre de 2026
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Dólares fuera del sistema: cómo cambia el depósito con el régimen simplificado

La UIF fijó reglas para bancos, billeteras, sociedades de bolsa y escribanos, con un umbral anual de 100 millones de pesos.

Por Andrea CarrizoEconomía · · hace 1 h
Dólares fuera del sistema: cómo cambia el depósito con el régimen simplificado

Quienes mantienen dólares fuera del sistema bancario podrán ingresarlos con trámites simplificados si se adhieren al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias. La medida fija un tope de 100 millones de pesos anuales, equivalentes a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial, para acceder a la diligencia reducida.

La Unidad de Información Financiera publicó una resolución que detalla cómo deben proceder bancos, billeteras virtuales, sociedades de bolsa y escribanos cuando un cliente adherido al régimen quiera depositar ahorros que mantuvo fuera del circuito formal.

Qué ocurre por debajo del umbral

Por debajo de los 100 millones de pesos acumulados en el año calendario, la entidad no puede exigir que se documenten todas las operaciones de compra de divisas realizadas a lo largo del tiempo, ni considerar el depósito en efectivo como una señal de riesgo en sí misma. Se mantiene, en cambio, la obligación de identificarse y de demostrar la adhesión al régimen.

Diego Fraga, abogado tributarista, dio un ejemplo: una persona que quiera ingresar ahorros equivalentes a 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería reunir los comprobantes de cada compra de divisas.

Por encima del tope y excepciones

  • Por encima de los 100 millones, la entidad debe analizar el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación.
  • La adhesión al régimen computa como antecedente favorable y no puede ignorarse mediante políticas internas genéricas.
  • Quedan excluidas del beneficio las personas con exposición política, los grandes contribuyentes nacionales y quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse por debajo del tope anual.

La norma incluye además una cláusula de protección para las entidades: si aplican correctamente los criterios simplificados, eso se considerará cumplimiento de sus obligaciones, aun si luego se determina que el cliente no reunía las condiciones. La excepción rige cuando la entidad conocía o debía conocer la situación irregular.

AC

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