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Viernes, 16 de octubre de 2026
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El lunes 28 de septiembre se perfila como una jornada de puertas cerradas en supermercados, shoppings y comercios del país

El traslado del Día del Empleado de Comercio, previsto originalmente para el sábado 26, se concreta tras un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las cámaras empresarias; quienes deban trabajar cobrarán el doble.

Por Héctor SeguraMinería · · hace 19 d
El lunes 28 de septiembre se perfila como una jornada de puertas cerradas en supermercados, shoppings y comercios del país

Héctor Segura, Minería — El calendario comercial argentino vuelve a situarse bajo la lupa de consumidores y trabajadores: toneladas de operaciones cotidianas en supermercados, shoppings y negocios de barrio pueden quedar interrumpidas el lunes 28 de septiembre, cuando se concrete el traslado del Día del Empleado de Comercio, una jornada de descanso que el sector celebra cada año y que, en esta oportunidad, se reubicó debido a que la fecha original cayó en sábado.

La modificación fue formalizada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) junto con las cámaras empresarias del ramo, mediante una circular emitida el 7 de septiembre. El acuerdo precisa que el reconocimiento conserva los alcances de la ley 26.541, norma sancionada el 10 de diciembre de 2009 que consagra a esta fecha como una jornada en la que los empleados del sector no prestan tareas, equiparándola en sus efectos a un feriado nacional.

Una decisión que depende de cada comercio

Una decisión que depende de cada comercio

Aunque se prevé que la mayoría de las grandes cadenas de supermercados y los principales centros comerciales permanezcan cerrados durante toda la jornada, la adhesión no resulta obligatoria ni homogénea. Cada establecimiento conserva la potestad de mantener sus puertas abiertas, por lo que el funcionamiento real variará según la decisión adoptada por cada comercio y por cada jurisdicción.

Para los empleados que sean convocados a trabajar, la normativa prevé una compensación específica: los empleadores deberán abonar el doble del jornal correspondiente a esa jornada, conforme a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo. Se trata de un reconocimiento retributivo que replica el tratamiento aplicable a los feriados nacionales y que busca desalentar la apertura masiva de locales.

Por qué se conmemora el 26 de septiembre

Por qué se conmemora el 26 de septiembre

La elección de la fecha no es casual y hunde sus raíces en la historia del derecho laboral argentino. El 26 de septiembre de 1934 se dictó la ley 11.729, una norma vinculada con las relaciones laborales del comercio que introdujo derechos de significativa trascendencia para los trabajadores del sector, entre ellos el régimen de licencias por enfermedades y accidentes, así como las indemnizaciones por despido. Aquella legislación sentó las bases de un esquema de protección que perdura hasta la actualidad.

  • El Día del Empleado de Comercio se conmemora cada 26 de septiembre desde la sanción de la ley 26.541, en 2009.
  • En 2025 la fecha cae sábado y se traslada al lunes 28 de septiembre por acuerdo entre Faecys y las cámaras empresarias.
  • La jornada equivale legalmente a un feriado nacional para los trabajadores del sector.
  • Los comercios pueden permanecer cerrados, pero la decisión depende de cada establecimiento.
  • Los empleados que deban trabajar percibirán el doble de su remuneración habitual.
  • La ley 11.729, del 26 de septiembre de 1934, regula aspectos clave del trabajo en comercio, como licencias e indemnizaciones.

De este modo, el lunes 28 de septiembre se presenta como una jornada atípica para la actividad comercial, con un escenario fragmentado: mientras una parte del sector optará por el cierre total en homenaje al descanso de sus trabajadores, otros negocios podrían decidir la apertura con el correspondiente pago doble al personal afectado. El Ministerio de Trabajo de la Nación y las dependencias laborales provinciales mantienen la competencia de fiscalización sobre el cumplimiento de las disposiciones acordadas, en un contexto donde la organización de las compras y la planificación de la logística doméstica vuelven a quedar supeditadas al pulso de las paritarias y los acuerdos gremiales del comercio argentino.

HS

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