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Viernes, 16 de octubre de 2026
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A partir de los 14: entró en vigencia el nuevo régimen penal juvenil en el país

La ley 27.801 fija ese umbral de imputabilidad y prevé hasta 15 años de privación de libertad para los delitos más graves. Hay al menos seis menores acusados de homicidio que quedan afuera del alcance de la norma por la fecha de los hechos.

Por Belén AhumadaPoliciales y judiciales · · hace 41 d
A partir de los 14: entró en vigencia el nuevo régimen penal juvenil en el país

Desde este sábado rige en todo el país la ley 27.801, que establece un nuevo régimen penal juvenil y reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La norma se publicó en el Boletín Oficial y, según fuentes judiciales, necesitaba un plazo de 180 días para su entrada en vigencia, plazo que se cumplió este fin de semana.

Penas graduadas según la gravedad del hecho

La privación de libertad quedó reservada para los casos más graves, entre ellos los homicidios. Para esos supuestos, la ley contempla tres modalidades: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención. La pena máxima para menores es de 15 años, aunque los dos tercios de la condena pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que en la práctica reduce el encierro efectivo a un máximo de diez años.

Para delitos de menor gravedad la norma habilita sanciones alternativas al encierro. Incluso en robos agravados con armas de fuego, los jueces conservan la facultad de reemplazar la prisión por medidas como tobilleras electrónicas, prohibición de asistencia a determinados lugares o, en situaciones extremas, separación del menor de su entorno familiar si se acredita que ese entorno fomenta la actividad delictiva.

  • Arresto domiciliario.
  • Internación en instituto de régimen abierto.
  • Alojamiento en centro especializado de detención.
  • Tobilleras electrónicas.
  • Prohibición de concurrir a determinados lugares.
  • Separación del núcleo familiar, como último recurso.

Para aplicar una pena alternativa, la ley exige un dictamen pericial favorable, la conformidad del Ministerio Público Fiscal y que se haya escuchado a la víctima. Además, el adolescente no debe registrar condenas previas ni procesos con auto de procesamiento firme, según detallaron fuentes consultadas por este medio.

Entre la sanción de la norma en el Congreso y su entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen por razones de edad al momento de los hechos. Uno de los casos más resonantes es el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial pero no enfrentarán proceso penal ni condena. Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía ser internado en un instituto solo hasta los 18 años, sin registro de antecedentes.

La implementación quedó en manos de las provincias, que deberán adaptar sus dispositivos penales juveniles a las nuevas categorías de sanciones. La próxima instancia será la reunión del Consejo Federal de Justicia, prevista para las próximas semanas, donde se coordinarán los criterios de aplicación en cada jurisdicción.

BA
Belén AhumadaPoliciales y judiciales

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