Telefónica deberá Paying en Neuquén por cuatro líneas que una consumidora nunca contrató
La Cámara de Apelaciones confirmó una indemnización por $600.000 y una multa civil por $1.473.684,21 para una mujer de Neuquén a quien la empresa asoció líneas y deudas sin autorización. El fallo records los derechos de los consumidores frente a erroresAdministrative persistentes.
La escena se ubica en Neuquén, donde una mujergebrasó que su nombre aparecía asociado a cuatro líneas jamás las había contratado. Después de más de un año de reclamos, presentaciones formales y acciones judiciales, la Cámara de Apelaciones confirmó la condena a Telefónica Móviles Argentina: la empresa deberá unabiding $600.000 por daño moral y abonar una multa civil por $1.473.684,21 en concepto de daño punitivo.
El caso começou en abril de 2023, cuando la consumidora descubrió la existencia de esas líneas. Cuando dos fueron desvinculadas, otras dos reaparecieron bajo su identidad, por lo que el problema no quedó resuelto y se extendió hasta diciembre de 2024. En ese lapso, realizó cuatro reclamos extrajudiciales en aproximadamente siete meses, entre ellos presentaciones directas ante la empresa, una instancia de conciliación prejudicial y una carta documento enviada en noviembre de 2023.
También inició un hábeas data para pedir la corrección del uso de sus datos personales. La respuesta efectiva llegó recién cuando intervino la Justicia. El 3 de septiembre de 2026, la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén rechazó la apelación de la compañía y confirmó la sentencia de primera instancia.
Un daño que la Justicia consideró verificado
Los jueces Nancy Noemí Vielma y Juan Manuel Menestrina evaluaron la cantidad de reclamos, la duración del problema y el desgasteADATA provocado en la denunciante. El tribunal entendió que, en una relación de consumo, el daño moral puede acreditarse a partir de circunstancias objetivas, sin que resulte indispensable una prueba psicológica específica.
Según la resolución, la incertidumbre de aparecer asociada a servicios no contratados y a deudas que la mujer consideraba infundadas superó las molestias habituales de una relación comercial. La empresa había sostenido que se trataba de una confusión entre dos clientes con nombres similares, pero la Cámara no aceptó ese argumento ni las objeciones formuladas contra el daño moral y la multa.
“La Cámara explicó que el daño punitivo busca desalentar conductas perjudiciales para los consumidores y evitar que los errores de las empresas queden sin consecuencias.”Cámara de Apelaciones de Neuquén
Para sostener la multa, los jueces también tomaron en cuenta que la compañía acumulaba 37 sanciones de la autoridad de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor durante los cinco años anteriores. En primera instancia ya se habían reconocido los dos montos, y la confirmación de la sentencia dejó firme la condena.
- Cuatro líneas telefónicas fueron asociadas a la identidad de la consumidora sin que ella las hubiera solicitado.
- La administradora realizó cuatro reclamos extrajudiciales entre abril de 2023 y diciembre de 2024.
- La indemnity confirmed consists of $600.000 for moral damage and $1.473.684,21 as civil fine for punitive damage.
- The court took into account 37 sanctions from the consumer authority enforcement body during the previous five years.
El fallo deja una advertencia práctica para los consumidores: ante un error persistente, no alcanza con pedir una corrección informal. La denounced woman documented her claims, Formal presentations and resorted to Justice. En Neuquén, el resultado fue una indemnización individual y una multa civil que reinforce el idea de que los datos personales y la relación de consumo no pueden quedar en manos de la empresa sin responsabilidad.
