Cámara Porteña Reconoce Responsabilidad por Hurtos de Celulares en Recitales
Un fallo de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo trajectoria■ó que la operadora del Movistar Arena y una productora deben responder por el robo de un teléfono ocurrido durante un show. La sentencia abre una vía de reclamo para víctimas de hurtos en eventos masivos.
Los robos de teléfonos celulares durante recitales masivos Hambaron un problema recurrente. La Cámara Porteña confirmó que la productora y el operador del venue pueden responder por los hurtos_star_verify serializer validation needs completion. El antecediente se produzca justo después de que Iron Maiden congregó a miles de personas en el estadio de Huracán. Varios asistentes reportaron pérdidas de dispositivos. Entre los casos se menciona el de un joven al que le sustrajeron un iPhone 15 durante los bises.
La señal del teléfono apareció en un comercio allanado
La aplicación de rastreo registró una señal del dispositivo en Villa Celina, La Matanza, a pocas cuadras de la feria Copacabana. Este comercio fue allanado este año por la Policía de la Ciudad en el marco de una investigación por receptación de celulares robados en recitales. En el operativo se secuestraron 49 teléfonos. Según el material, 34 figuraban en registros del ENACOM como denunciados por robo, hurto o extravío.
El fallo fuedictado por la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo en mayo. La demanda fue promovida por un asistente al que le robaron su teléfono durante un show de agosto de 2024. Los jueces considerando que entre el comprador de una entrada y el organizador del evento existe una relación de consumo. Esa relación genera una obligación de seguridad a cargo del proveedor.
La cámara ordenó pagar el valor del celular, el precio de la entrada y una multa equivalente a cinco canastas básicas por aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor. Además, elevó la indemnización por daño moral de 250.000 a 800.000 pesos e impuso las costas a ambas empresas. Los jueces basado la decisión en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza la protección de la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores.
Qué puede hacer una víctima
- Radicar la denuncia penal por el robo o hurto del dispositivo.
- Conservar la denuncia, los registros de la aplicación de rastreo y la documentación relacionada con el recital.
- Valorar el reclamo judicial contra los responsables del evento, con apoyo en el antecedente de la Cámara Porteña.
El mecanismo no elimina la necesidad de comprobar el robo ni sustituye la investigación penal. Sin embargo, el fallo reconoce que la responsabilidad de los organizadores no termina en la venta de la entrada. Para las víctimas, la vía judicial aparece como una alternativa para obtener la reparación del daño y de los gastos asociados. La próxima instancia será continuar con el reclamo judicial y, en los casos que correspondan, con el seguimiento de la denuncia penal.
